FICHEROS de MOROSOS, el plan A, B y C de las ASEGURADORAS

En un mundo tan globalizado, con una voraz competencia y en donde la picaresca está a la orden del día; las aseguradoras se ven obligadas en cada momento, a desarrollar nuevos métodos con el fin de sanear sus carteras y evitar, en la medida de lo posible, los rendimientos negativos de sus activos.

Desde hace bastante tiempo, las compañías de seguros, antes de proporcionar sus precios para un aseguramiento determinado, pueden enjuiciar la capacidad económica del tomador del seguro (la figura del contrato obligada al pago de la póliza), asimismo su solvencia consultando ficheros de cumplimiento e incumplimiento de pagos.

¿Qué son esos ficheros de cumplimiento e incumplimiento de pagos?

Se tratan de bases de datos en donde una persona física o jurídica puede aparecer como deudora de cantidades dinerarias.

Existen numerosos  de estos ficheros. A nivel nacional los más conocidos son ASNEF, EQUIFAX, EXPERIAN, BADEXCUG, RAI, CIRBE y el FIJ (Ficheros de Incidencias Judiciales).

	 FICHEROS de MOROSOS, el plan A, B y C de las ASEGURADORAS

¿Qué hay que hacer para pertenecer a este selecto club?

Lo cierto es que, al contrario de lo que podamos pensar, no hay que hacer gran cosa para figurar en uno de estos ficheros. Bastará con dejar de pagar simplemente una o varias facturas de algún suministro por ejemplo; agua, luz, gas…

Resulta sencillo incluir a una persona en una de estas bases de datos, pero es más complicado salir, ya que es el acreedor quien tiene que comunicar a los ficheros de morosos la cancelación de la deuda.

Y  no siempre son tan rápidos y efectivos como quisiéramos, sobre todo, si el hecho de aparecer en uno de ellos impide que consigamos algún trámite que estemos gestionando (préstamos, tarjetas de crédito, aplazamiento de compras en grandes superficies…)

De hecho, en la mayoría de ocasiones, es el propio interesado el que debe solicitar su exclusión a través de un gestor especializado.

No obstante, aunque hayamos pagado nuestra deuda, puede que sigamos apareciendo en estos ficheros como clientes a “saldo cero” o en estado de “pagado” junto con el nombre del antiguo acreedor, algo que actualmente no es legal, pero que sigue ocurriendo.

De hecho, ninguno de estos ficheros puede mantener información sobre la morosidad de una persona durante más de seis años aun no habiendo pagado sus deudas, aunque, ciertamente, si nos interesa que se nos excluya, este plazo es lo de menos.

A lo que íbamos…

Desgraciadamente, se está convirtiendo en algo habitual, el hecho de que el tomador de una póliza cuyo pago se ha fraccionado (trimestral, semestral, mensual…), termine impagando el seguro antes del vencimiento anual del mismo.

Tenemos que tener en cuenta que, cuando una aseguradora formaliza una póliza, independientemente de la gracia de concedernos el fraccionamiento de la prima anual; se compromete a hacer frente a la responsabilidad económica derivada del seguro, a cambio de una contraprestación, y esa contraprestación es el importe total de la prima.

¿Qué ocurre en ocasiones?

Pues que las compañías hacen frente a los pagos de un siniestro y el tomador a veces no paga la prima completa del año, sino que se anula la póliza por impago en un período de la fracción, lo que acarrea pérdidas a la compañía, que en muchas ocasiones no puede recuperar las primas impagadas o el importe de los siniestros satisfechos, a lo que hay que sumar los gastos y costas judiciales.

También existen aquellos que aseguran su vehículo prácticamente todo el año sin pagar un duro.

¿Y cómo hacen eso?

Sencillo, van de compañía en compañía, o de mediador en mediador, haciendo una póliza que no pagará nunca.

Y mientras que la compañía mantiene la póliza en vigor hasta finalizar la gestión de cobro, la matrícula consta asegurada en el CONSORCIO, consta pues el vehículo asegurado ante las autoridades, y gozamos de cobertura durante ese tiempo, ya que, si ocurre algo, basta con pagar la póliza para que la compañía nos cubra.

Ante todo esto, es frecuente que cuando llamamos por teléfono para calcular nuestro seguro, o cuando lo hacemos online o vamos a una correduría o mediador, nos zampen directamente en las narices que no nos aseguran.

La compañía consulta los ficheros de morosos (además del SINCO) y si hay registros nuestros en estos ficheros, directamente rechaza el riesgo aludiendo, simplemente, a sus normas internas de suscripción.

Esto puede ocurrir en cualquier ramo del seguro. No esperemos sólo este procedimiento en AUTOS, también en hogar, salud, decesos…

Llevar el vehículo asegurado no es una opción, es una obligación legal. No tener seguro, no sólo nos puede acarrear una importante sanción económica por parte de la autoridad, sino que además puede acarrearnos una merma en nuestro patrimonio personal, una losa difícil de quitar.

LaGuiadelSeguro

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