Me voy a trabajar fuera de España
Cuando nos planteamos la posibilidad de buscar trabajo fuera de España, pensamos en poder llevar con nosotros nuestro vehículo.
Sobre todo si se trata de un país cercano a las fronteras, como Portugal, Francia o Marruecos.
La tecnología de los vehículos ha evolucionado tanto en los últimos años que podríamos ir casi a cualquier lugar.
El uso del vehículo se hace imprescindible, pues, vivimos hoy mayormente en lugares apartados del puesto de trabajo.
De ahí, que necesitemos un medio de transporte para poder desplazarnos.
Hay que pensar que no en todos los lugares, el transporte público es una buena opción.
Si tienes trabajo fuera de España es probable que vivas en zonas rurales.
Existen lugares mal comunicados o zonas apartadas donde el transporte público llega con irregularidad, o bien directamente, no existe.
¿Qué debemos de tener en cuenta si optamos por llevarnos el coche?
¿Encontraste trabajo fuera de España? ¡Enhorabuena!
En primer lugar, debemos saber si el permiso de conducir español es válido para poder conducir por el territorio del país a donde vamos.
Hoy muchos países han normalizado el carnet europeo, esto quiere decir, que con el carnet español podemos conducir legalmente por su territorio.
¿Qué países son esos?
Principalmente lo países pertenecientes al Espacio Económico Europeo.
Aunque también han adoptado el modelo otras naciones ratificando el convenio de Ginebra y Viena.
Esto es:
Alemania, Austria, Andorra, Argelia, Argentina, Bélgica, Bolivia, Brasil, Bulgaria, Chile, Chipre, Colombia, Croacia, Corea, Dinamarca, Ecuador, Eslovenia.
Eslovaquia, Estonia, Filipinas, Finlandia, Francia, Grecia, Guatemala, Hungría, Irlanda, Italia, Japón, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Macedonia, Malta.
Marruecos, Mónaco, Nicaragua, Países Bajos, Panamá, Paraguay, Perú, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Dominicana, República Checa.
Rumanía, San Salvador, Serbia, Suecia, Suiza, Turquía, Ucrania, Uruguay, Venezuela, además de Islandia, Noruega y Liechtenstein.
Por el territorio de todos los países indicados anteriormente podemos conducir con nuestra licencia.
Lo que quiere decir que, si estamos en España, y queremos viajar con nuestro vehículo por media Europa; lo podemos hacer sin problemas.
Si no vives en España y vives en otros países de la lista anterior, te servirá tu carnet para conducir por cualquiera de los países indicados.
Pero hay que tener en cuenta una cosa. En algunos países te pedirán un Carnet de Passages conocido como Carnet de Passages en Douane (CPD).
¿Qué es?
Es un documento que garantiza el pago de tributos aduaneros.
Por si entras en el país como turista con un vehículo comprado fuera, y no vuelves a sacar el vehículo de ese país.
¿Qué países pueden pedirte este documento?
Si vas a viajar a cualquiera de estos países:
Argentina, Bangladesh, Costa Rica, Ecuador, India, Irán, Jamaica, Kenya, Líbano, Malasia, Omán, Paraguay, Qatar, Singapur, Suráfrica y Países Commowealth.
Siria, Uruguay, Venezuela, Yemen, Australia, Chile, Perú, Colombia, Emiratos Árabes, Indonesia, Irak, Japón, Kuwait, Libia, Nueva Zelanda, Trinidad & Tobago, Sri Lanka, Senegal y Pakistán.
¿Si estoy fuera de España, puedo seguir pagando el seguro que pagaba en España?
Si eres español y vas a viajar por los países incluidos en el EEE, o aquellos que hayan suscrito acuerdos en este sentido, sí.
¿Vives fuera de España y de la Unión Europea? Debes saber qué convenios son los que tiene suscrito tu país con el resto de países de su entorno.
¿Me cubre el seguro sin ningún problema?
En los países adheridos a la Carta Verde, sí. Te cubre. Pero ojo, también tiene estas limitaciones.
En España los siniestros de daños a los vehículos se tramitan a través de dos sistemas fundamentales.
– Sistemas CIDE / ASCIDE
Por el convenio CIDE se tramitan todas las DAA (parte europeo) que están debidamente completas y firmadas por ambos conductores.
Es el sistema más rápido, ya que todo está informatizado, se establecen plazos estrictos y lo que se pretende es la agilización del trámite.
ASCIDE es el otro convenio por el que se tramitan los siniestros cuya DAA está incompleta o no ha sido firmada por ambos conductores.
También es un sistema de rápida gestión.
Ambos se basan en el reglamento de circulación y en unas normas internas denominadas normas subsidiarias.
En unos quince días podemos tener el siniestro resuelto y el coche arreglado.
¿Cuándo se utilizan los sistemas CIDE / ASCIDE?
Únicamente para vehículos españoles cuyas compañías están adheridas a estos convenios.
– Sistema SDM
Es utilizado cuando en un siniestro intervienen más de dos vehículos.
No se establecen plazos tan estrictos y las reclamaciones se hacen de manera convencional.
Es decir, la típica reclamación mediante carta a la que la otra parte tiene que contestar.
– Sistema convencional (extranjeros)
Se emplea cuando se produce un siniestro entre un vehículo español y un vehículo extranjero.
La reclamación es convencional y mucho más tediosa, ya que las compañías suelen reclamarse mediante representantes y la tramitación se alarga.
¿A través de qué sistema se gestionaría un siniestro que tuviera en el extranjero?
Siempre a través del sistema convencional (extranjeros), por lo que, la tramitación suele ser mucho más lenta.
Además, la reclamación judicial en caso de discrepancia, suele tener requisitos más estrictos.
Hay que recordar que si tienes un siniestro con lesiones en el extranjero, puede que se aplique la ley del país donde se produce el accidente.
Por lo que el procedimiento para pedir una indemnización puede ser diferente al existente en tu país de origen.
¿Puedo sacar un seguro a mi coche con matrícula española en otro país?
En España no es posible hacer un seguro a un vehículo extranjero.
A menos que pagues los impuestos y tasas correspondientes para obtener una matrícula española.
Lo mismo va a ocurrir en una gran mayoría de países.
Debes informarte si la normativa del país extranjero donde vayas, tiene alguna restricción legal sobre el aseguramiento de vehículos extranjeros.
Cada país tiene su propio marco jurídico.