Es importante conocer cuáles son las figuras que intervienen en el contrato de seguro cuando hablamos de seguros de vehículos a motor.
Y es sumamente importante, en primer lugar, para saber de qué forma tenemos asegurado nuestro vehículo y si es la manera correcta de tenerlo asegurado.
En ocasiones confiamos en los profesionales que nos gestionan nuestra póliza, y aunque la gran mayoría de ellos, son profesionales que desempeñan bien su trabajo.
La experiencia en este mundo, también nos lleva a determinar que en ocasiones, las pólizas no reflejan la imagen fiel del aseguramiento, bien por la picardía de quien quiere hacer la póliza, o bien, por mor de la propia connivencia de quien quiere pagar menos de lo que le pertenece.
Lo que bien empieza bien acaba, por lo que, es fundamental hacer las cosas correctamente desde un principio para evitarnos futuros disgustos. La ley posibilita a las compañías aseguradoras, mecanismos para evitar el fraude.
En los seguros de vehículos a motor podemos hablar de las siguientes figuras (véase también este enlace):
– El asegurador: es la compañía de seguros que cubre las consecuencias materiales del riesgo si este se produce, además satisfará los gastos derivados de los siniestros que le sea obligado asumir.
Gastos como daños en los elementos de la vía, limpieza de la calzada, intervención de bomberos, traslado de heridos, etc.
También tendrá que asumir, si procede, el coste de las indemnizaciones en caso de siniestros con lesionados
– El tomador: es la persona física o jurídica que contrata la póliza. Sobre él recae la bonificación del seguro; es decir, en caso de tener buen índice de siniestralidad, la experiencia anterior en otra compañía aseguradora, le va a permitir beneficiarse de descuentos en la nueva entidad donde quiera contratar.
Sin embargo, en caso contrario, el precio podría resultar incluso incrementado.
La Ley de Contrato de Seguro le atribuye derechos, pero también obligaciones.
Entre otros aspectos, es el obligado al pago de la prima y a la declaración de siniestros, también será el responsable de comunicar a la compañía las circunstancias que agraven el riesgo asegurado.
Como por ejemplo, la conducción de vehículos por personas cuya edad sea inferior al establecido por la compañía.
“Una misma persona puede representar varias figuras del contrato de seguro. Así podemos encontrar en una póliza la misma persona como tomador, propietario y conductor”
– El asegurado: Puede coincidir o no con la persona que figure como tomador de la póliza, pero sí deberá coincidir con el propietario del vehículo, es decir, con el titular que conste en el permiso de circulación. Es quien recibirá la indemnización en caso de siniestro.
– El conductor: es una de las figuras más controvertidas. Se trata de la persona que habitualmente conduce el vehículo asegurado.
Teóricamente y de forma ocasión, el vehículo que se asegura, puede ser conducido por una persona distinta a la declarada en el contrato de seguro, siempre que esa persona, sea autorizada por el tomador y su edad sea inferior al mínimo establecido por la compañía.
En los casos de flotas de vehículos turismos o camiones aparece el llamado conductor innominado, que es cualquier conductor contratado o autorizado por la empresa para la conducción profesional de sus vehículos.
– Otras figuras: existen otras figuras que aunque no intervienen en la celebración del contrato, sí lo hacen a veces durante el tiempo en que está en vigor.
Se trata de los profesionales vinculados a las entidades aseguradoras. Tramitadores, peritos, reparadores, médicos, abogados son algunos de los profesionales que las compañías tienen a su disposición.