Seguros baratos de coche

Con la cantidad de compañías aseguradoras que actualmente operan en el territorio español, tenemos un abanico tan amplio de posibilidades, que podemos incluso perdernos dentro del propio marco asegurador.

No obstante, conviene tener claros una serie de conceptos que nos ayudarán a analizar adecuadamente la mejor opción.

Lo primero que tenemos presente a la hora de contratar nuestro seguro, es que queremos pagar lo menos posible por una misma cosa.

Los gatos se acumulan y crecen y hay que recortar continuamente de cualquier sitio para poder llegar a fin de mes.

Moverse, solicitar presupuestos en diversas compañías aseguradoras, e intentar “subastar” nuestro aseguramiento, va a hacer posible con toda seguridad que paguemos menos en nuestra prima de seguro. Para ello, no nos va a faltar recursos.

	 Seguros baratos de coche

Podemos obtener cómodamente distintos presupuestos online a través de internet.

Hoy casi todas las compañías ofrecen presupuesto online al usuario a través de sus websites.

Sin embargo, hay que estudiar los presupuestos con mucho detenimiento.

Parece algo absurdo…, podemos pensar que cualquiera puede hacer esa sencilla comparativa, pero veremos después que pueden existir y existen muchos matices que, en un primer momento, y en ocasiones, no tenemos en cuenta.

No todas las compañías ofrecen el mismo tipo de coberturas, no todas aseguran la misma cuantía para cada partida, y una misma cobertura, por ejemplo, la cobertura por robo, puede tener muchos matices de unas compañías a otras. Hablaremos de todo esto. Sigamos…

Indicábamos que, al contratar nuestra póliza de seguros, lo primero que queremos es pagar lo menos posible pero, al mismo tiempo, tener una buena cobertura, marca la diferencia en algún momento puntual, sobre todo cuando nos vemos tirado en la carretera por una avería o tenemos un siniestro.

Nos situamos: precio y cobertura.

Para entender de qué forma podemos estar cubiertos  tenemos que tener en cuenta dos cosas, las entidades aseguradoras autorizadas en el territorio español pueden ser, y ojo con esto:

– Compañías de seguros.

– Agencias de suscripción.

¿Qué quiere decir esto?

¿Qué son unas y qué son otras?

No vamos a profundizar mucho, nos quedaremos con el concepto. No  nos hace falta profundizar en demasía para desarrollar nuestro planteamiento. Vamos a evitar confundirnos con tanto párrafo.

Las compañías de seguros son aquellas entidades registradas en España que desempeñan su función aseguradora dentro del marco legal establecido por las autoridades competentes.

Las agencias de suscripción son aquellas que representan a otras compañías de seguros, generalmente extranjeras, y que pueden operar legalmente en España por medio de las correspondientes licencias.

¿Y por qué nos interesa esto?

Sencillo…

La mayoría de las compañías aseguradoras que operan en España están acogidas al denominado sistema CICOS.

Ahora trataremos convenientemente este asunto. Si quieres profundizar en el tema, te aconsejamos que veas esta otra entrada aquí.

¿Qué es el sistema CICOS?

Es un sistema regido por unas normas que desarrollan una serie de convenios establecidos a los que están adheridos la mayoría de compañías aseguradoras.

Este sistema facilita el trámite de siniestros, dotándolos de plazos estrictos de trámite y obligaciones, agilizando así su resolución.

Además da una alternativa efectiva a los daños por lesiones, lo que hace posible, por ejemplo, que un lesionado de un accidente de tráfico, pueda ser atendido en cualquier centro hospitalario sin que, posteriormente, le suponga una auténtica odisea administrativa.

Algunas compañías de seguros y la mayoría de agencias de suscripción no están adheridas a los convenios del sistema CICOS, por lo que, la tramitación de siniestros la realizan de manera convencional sin establecerse plazos de tramitación ni obligaciones.

Esto nos puede perjudicar eternizando la resolución de cualquier siniestro en donde surja una mínima controversia. Algo muy frecuente.

En este punto, veamos… Para intentar conseguir nuestro mejor presupuesto, vamos a tener en cuenta:

1º Tenemos que  obtener presupuestos de diferentes compañías aseguradoras.

2º Los presupuestos que obtengamos deben ser de compañías adheridas al sistema CICOS.

¿Cuáles son estas compañías? Aquí las puedes ver.

Una vez que tenemos nuestros presupuestos encima de la mesa, vamos a analizar cuál de ellos nos interesa y cuál debemos desechar.

Para hacer esta valoración, debemos concretar qué nos cubren por el precio que nos van a cobrar.

Si te interesa conocer más en profundidad las garantías que ofrecen las aseguradoras pulsa aquí

Para que podamos tener una buena cobertura debemos identificar en nuestros presupuestos las siguientes coberturas:

– Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria. Todas las compañías incluyen esta garantía porque es obligatoria por ley.

– Responsabilidad Civil de Suscripción Voluntaria. Las principales cías aseguradoras la ofrecen con una cuantía de 50.000.000 de €.

¡Ojo porque hay aseguradoras y agencias de suscripción de no la ofrecen para abaratar al máximo el precio de sus seguros!

– Defensa y Reclamación. Muy importante que aparezca esta garantía si no queremos tener problemas cuando tengamos un siniestro.

Algunas cías y agencias dan la posibilidad de excluirlas de sus presupuestos.

– Seguro del Conductor. Todas ofrecen esta cobertura, la diferencia estriba en la cuantía, desde los 5.000 € hasta los 30.000 € que toman como norma muchas entidades, hay una diferencia importante.

Es el importe que percibiremos en caso de incapacidad. Y en caso de fallecimiento, la cantidad que percibirán nuestros familiares.

– Asistencia en Viaje. Cuidado aquí porque existen muchas modalidades sobre esta garantía y no siempre se especifican en los presupuestos, por lo que, para saber más, tendremos que buscar en los condicionados de la web de la cia donde obtengamos el presupuesto.

Normalmente, la ofrecen desde el KM 0, lo que quiere decir que te prestan el servicio estés donde estés y hasta cubrir el límite para esta garantía establecido en la póliza.

Y hay otras que te remolcan al servicio oficial más próximo. Además, las aseguradoras más importantes ofrecen una serie de servicios inherentes a las personas, servicio de taxi, hospedaje, conductor, etc, etc.

Hasta aquí lo mínimo que debemos exigir. Luego podemos contratar:

– Lunas y cristales. Atención a la cantidad máxima a indemnizar. Hay cías cuya cantidad es muy baja.

– Robo. Muchos matices hay dentro de esta garantía. Cobertura por robo, hurto o expoliación, y no todas las cías cubren todo el abanico.

Tampoco la pérdida total por robo. Atento a la edad del vehículo y a lo que dice la cía sobre eso.

– Incendio. ¿Nos cubren la pérdida total por incendio? Atento a la edad del vehículo y a lo que dice la cía sobre eso.

– El todo riesgo y sus franquicias. Si tienes intención de pintar tu vehículo en algún momento, los todo riesgos con franquicia no te interesan porque te aplicarán franquicias por cada una de las partes del coche que quieras pintar (lateral derecho, lateral izquierdo, frontal, trasera, y algunas incluso el techo)

– Colisión por animales. Es una garantía que se está ofreciendo mucho desde hace relativamente poco tiempo, aunque siempre ha habido posibilidad de contratarla en las cías de renombre. Resulta muy interesante, pero es sólo una opción.

Existen otras coberturas que son de valor añadido y que las grandes aseguradoras incluyen dentro de determinados paquetes, otras te permiten incluirla o no en la póliza, son las coberturas por retirada del carnet, gestión de multas, etc.

Bien, resumamos:

1º Hemos obtenido diversos presupuestos.

2º Las cías donde hemos solicitado precio son compañías adscritas a CICOS.

3º Hemos analizado con detenimiento los presupuestos escudriñando afanosamente las garantías que nos han ofrecido.

Y por último, consideremos el artículo 22 de la Ley de Contrato de Seguro.

¿Qué nos dice el artículo?

Nos indica que las partes intervinientes en el contrato de seguro, pueden rescindir el mismo, comunicándolo a la otra por escrito, con un preaviso de un mes en el caso de que lo comunique el asegurado, y dos meses en caso de que sea la asegurado quien rescinda el contrato.

¿Y cómo lo haces?

Simplemente, bastará con redactar y firmar un escrito solicitando la baja de la póliza dando traslado del mismo a la compañía.

Lo entregaremos en sucursal y nos quedaremos con una copia sellada.

Lo mandaremos por email, por correo ordinario o por fax si nos proporcionan esa forma de contacto.

Con esto evitaremos dejar de pagar nuestro seguro actual y que nuestra póliza sea anulada por impago.

La tendencia general del sector es anular el seguro cuando se devuelve el recibo y pasa el plazo de gracia, pero existen muchas aseguradoras que están empezando a reclamar estos impagos y tendríamos un problema si hemos pagado un seguro y nos reclaman otro.

LaGuiadelSeguro

Somos un blog de actualidad con artículos interesantes sobre el Mundo de los Seguros. Tratamos información útil y relevante para entender mejor el funcionamiento y la operativa del Sector.

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