Todos sabemos qué es lo que quieren decir cuando nos ofrecen el vehículo de sustitución como garantía adicional en nuestra póliza de seguros.
Sin embargo, hay que prestar mucha atención a los requisitos que cada compañía exige para hacer uso de las prestaciones de esta cobertura.
El asegurador se compromete a facilitar al asegurado un vehículo cubriendo los gastos de alquiler del mismo en sustitución del vehículo asegurado como consecuencia de:
– Accidente de circulación del vehículo asegurado
– Apropiación ilegal del vehículo
– Depósito del vehículo en el taller para la reparación de defectos estéticos o pintura.
– Avería del vehículo ( sólo en algunas cías)
No obstante, no es oro todo lo que reluce. Las compañías de seguros imponen requisitos especiales para la concesión del servicio.
¿Qué requisitos son esos?
Varía en función de cada aseguradora, pero principalmente la diferencia entre unas y otras estriba en el tiempo de reparación del vehículo.
Algunos aseguradores dan cobertura por esta garantía cuando el vehículo no puede ser reparado por el taller en la misma jornada.
Otras, en cambio, vinculan la prestación del servicio a las horas efectivas de mano de obra, así mientras que unas ponen como requisitos que el vehículo asegurado necesite de más de ocho horas efectivas de trabajo, otras lo rebajan por ejemplo a cuatro horas.
Pero hay que saber interpretar bien lo que quieren decir con mano de obra efectiva, ya que una cosa es que el taller necesite más de ocho horas de trabajo para reparar nuestro coche, y otra distinta es que el taller nos lo pueda reparar dentro de esas ocho horas, o cuatro o la propia jornada a la que hacíamos alusión antes, ya que el tiempo de recepción de piezas, el tiempo correspondiente al período en que nuestro vehículo esté en el taller antes de que éste pueda comenzar la reparación, y los posibles inconvenientes que puedan surgir en torno a la reparación, no cuentan en el cómputo del tiempo de mano de obra efectiva.
Además el tiempo de reparación del vehículo lo debe certificar el perito de la compañía que establecerá el tiempo de mano de obra con el propio taller.
Todo esto quiere decir que, aunque nuestro vehículo puede llevarse en el taller varios días, desde que lo llevamos a reparar, hasta que esté totalmente reparado, puede ocurrir, o más bien, ocurre habitualmente, que la mano de obra efectiva para su reparación no exceda de las horas establecidas por la compañía, aunque nuestro vehículo tenga que estar varios días en el taller.
Y por tanto, si esto es así, no tendremos derecho a solicitar el vehículo de sustitución.
Ten muy presente esta circunstancia si quieres contratar la garantía. Y si la tienes contratada, vé al condicionado general de la póliza para conocer qué requisitos te exigen.
Puede ser que estés pagando por una garantía que quizás no te vayan a prestar cuando verdaderamente la necesites.
Esta garantía te encarecerá la prima de seguros entre 20 y 30 €. También puedes contratar sólo el vehículo de sustitución a través de compañías como ARAG que trabajan productos específicos como este.
Los precios son muy interesantes, el tiempo efectivo de mano de obra para darte la cobertura es muy poquito (4 horas) y además te incluye la opción de avería si tu vehículo tiene menos de cinco años.
Máximo 10 días con un importe de 36 € al día y 720 € de cuantía máxima por anualidad.
Una buena opción si quieres un buen servicio a bajo coste, ya que puedes contratar la póliza por entre 25 y 45 €, dependiendo del mediador de seguros con el que quieras contratar.
Hay mediadores con volumen de negocio, que pueden aplicar mayores descuentos que otros.