¿Por qué se llaman seguros multirriesgos para comunidades?

Al igual que mencionábamos en la entrada de los seguros multirriesgos para hogares, los seguros multirriesgos para comunidades reciben el nombre porque la póliza suscrita, da cobertura a diversos tipos de riesgos, distintas eventualidades cubiertas bajo un mismo seguro.

Las competencia de las compañías de seguros es feroz, pese a los costes que este tipo de seguros suponen, en la mayoría de las ocasiones, para las empresas aseguradoras.

Si los costes en un seguro de hogar pueden llegar a dispararse con respecto a la prima que pagamos, en lo que se refiere a comunidades de vecinos, nunca se sabe lo que las compañías pueden llegar a encontrarse.

Seguros Multirriesgos Comunidades

Sea como fuere, los seguros están para hacer uso de ellos cuando lo necesitamos,  y la variedad de garantías que ofrecen las aseguradoras para este tipo de riesgos es tan extensa como aquellas que podemos contratar en cualquier seguro de hogar.

Lo primero que tendremos que asegurar, por un lado, es el continente de la comunidad, es decir, todos aquellos elementos incorporados de forma fija al edificio o a sus dependencias anexas.

Para que nos podamos hacer una idea, entre una extensa lista, hablamos por ejemplo; de las unidades de construcción como el techo, suelo, paredes, cubiertas…

Piscinas, estanques, pozos y sus equipos correspondientes, como depuradoras. Las instalaciones deportivas o recreativas. Las farolas, estatuas o fuentes.

Las instalaciones de servicios como el agua, teléfono o gas. Las antenas colectivas de radio y televisión o las placas solares. Cristales, claraboyas o lucernarios, toldos y persianas, etc.

“los seguros multirriesgos para comunidades reciben el nombre porque la póliza suscrita, da cobertura a diversos tipos de riesgos”

Por otro lado, aseguraremos el contenido. Y cuando citamos el contenido, nos referimos por citar algunos elementos, al ajuar comunitario, es decir, útiles de limpieza, accesorios eléctricos, extintores y similares.

Cristales, espejos, lámparas, obras de arte, antigüedades, alfombras y tapices, objetos de adorno y elementos de decoración, etc.

También podemos asegurar las zonas ajardinadas de la comunidad, siempre que estén delimitadas, cercadas o valladas y sea de uso exclusivo comunitario.

LaGuiadelSeguro

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