Cómo reclamar a un taller una mala reparación del coche

La competencia en el sector de los seguros en estos momentos es brutal. Además, de las numerosas compañías existentes que operan en España, existen en la mayoría de ellas, diferentes productos de seguros por cada ramo.

De esta forma, las compañías intentan abrir un abanico más amplio de posibilidades para poder captar al cliente.

Podemos elegir un producto excelente y caro en una compañía de renombre, al mismo tiempo que es posible contratar un seguro más económico y con menos cobertura dentro de esa misma compañía si estamos conformes con los requisitos.

Vamos a poner un ejemplo:

En estos momentos MAPFRE, que es una gran compañía, con presencia en 49 países, y prestigio sobradamente reconocido, entre los productos para autos que vende, vamos a fijarnos en dos:

1.- “Nueva Póliza 10”: en ella se incluyen principalmente las coberturas del terceros ampliado; es decir, la responsabilidad civil obligatoria, responsabilidad civil voluntaria, defensa y reclamación de daños, seguro de conductor por 30.000 €, las lunas, la asistencia, el incendio y el robo, aunque, podemos incluir opcionalmente otras garantías como la colisión con animales, etc.

Esta modalidad de seguros no tiene ninguna restricción y se puede llevar el coche a un taller de tu elección en caso de accidente culpa contraria.

2.- “Tú Eliges Ampliado”: al igual que la modalidad anterior se incluyen las coberturas del tercero ampliado; la responsabilidad civil obligatoria, responsabilidad civil voluntaria, defensa y reclamación de daños, el seguro del conductor en este caso es por importe de 20.000 €, las lunas, la asistencia, el incendio y el robo.

Cómo reclamar a un taller una mala reparación del coche

Esta modalidad es parecida a la anterior, pero, fundamentalmente, tiene tres condicionantes:

– El Seguro del Conductor en caso de muerte o invalidez se baja a 20.000 €

La garantía de asistencia en viaje se limita a tres partes al año en caso de avería. Por accidente no hay limitación.

– Las reparaciones futuras que puedan llegar a realizarse a nuestro favor por accidentes culpa contrario, daños por incendio o su intento, robo o su intento, deben realizarse exclusivamente en talleres concertados.

Evidentemente, el “Tú eliges ampliado” es una modalidad más económica que la “Nueva Póliza 10”, aunque si no te importan muchos los condicionantes, puedes elegir el “Tú eliges ampliado” y ahorrarte unos euros.

¿Talleres de confianza o talleres concertados?

Lo cierto es que una mala experiencia la podemos tener tanto en talleres concertados como en talleres no concertados.

La alta demanda, la saturación, la presión de un trabajo excesivo, pueden contribuir a que un trabajo de pintado, por ejemplo, no acabe bien terminado.

Un color que no se ha terminado de coger con exactitud, unas gotas de pintura, etc.

Si llevamos nuestro coche al taller y nos lo devuelven con algún defecto, ¿cómo podemos reclamar?

Ante todo, tengamos en cuenta que cuando el vehículo sale del taller, la reparación ha sido pagada o la compañía se ha comprometido a pagarla al taller mediante un documento de compromiso.

Si vemos que la reparación que nos han hecho presenta gotas de pintura, un color distinto o cualquier otro tipo de defecto, lo primero, parece evidente, es hablar con el taller, ya que al propio establecimiento no le interesa que los asegurados de las compañías reclamen a estas.

Cuando no se llega a un acuerdo con el taller, o cuando la cuestión es mecánica o presenta alguna otra complejidad, lo mejor es redactar un escrito donde reflejemos lo más claramente posible los defectos que presenta el coche, y hacer fotografías si podemos de esos defectos.

Una vez llegue la documentación a la compañía, ésta reabrirá el expediente, asignará de nuevo a un perito para verificar los posibles defectos.

Una vez concluido el informe, el perito obligará al taller a reparar en caso de ser concertado o sugerirá el arreglo de defectos en caso de ser de libre elección antes de elevar el expediente a la asesoría jurídica en defensa de los legítimos intereses de la compañía y de su asegurado.

LaGuiadelSeguro

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