La cámara de coche una de nuestras mejores aliadas

Los fraudes por accidentes de coche cuestan a las aseguradoras 833 millones de euros anuales, según un reciente baremo publicado por LÍNEA DIRECTA ASEGURADORA.

De esta forma, el 6,3 % de los accidentes declarados a las aseguradoras son falsos, lo que acaba redundando en la prima de seguro que pagan los buenos conductores.

Aunque según refiere este informe, el 93,5% de los intentos de fraude por accidentes corresponden a daños materiales, el resto, es decir el 6,5 % corresponden a daños corporales cuyos costes en comparación se multiplican por 50.

Hay que unir a todo esto el provecho que de ello sacan las mafias organizadas, que no sólo simulan siniestros, sino que además los provocan pese a haber personas inocentes implicadas en los siniestros, con el único fin de sacar el mayor rendimiento posible.

La cámara de coche una de nuestras mejores aliadas

Estamos acostumbrados a ver por internet, en diferentes medios de difusión, imágenes de todo tipo obtenidas desde cámaras de grabación que han sido instaladas en el vehículo.

Por ejemplo, Rusia es uno de los países donde más cámaras de estas se instalan en los vehículos para denunciar el fraude o como método de prueba.

Aún no estamos acostumbrados en España a instalar cámaras de coche, aunque quizás ocurra como todo.

Dice el refranero español que “nunca se escarmienta por cabeza ajena”, por lo que, probablemente, más de uno la pongamos o ya la hayamos puesto después de haber tenido alguna mala experiencia.

¿Por qué sencillamente no se instalan de serie estas cámaras de seguridad en todos los vehículos de nueva fabricación? Es algo que muchos no terminamos de entender.

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Vamos a ver qué dice la famosa Ley de Protección de Datos al respecto y sus cuantiosas multas.

Lo gracioso sería que además de haber estado implicado en un accidente, nos impusieran un multazo.

La Agencia Española de Protección de datos ya se ha pronunciado al respecto en alguna que otra ocasión.  ¿De qué manera? Pues rizando aún más el rizo.

La agencia distingue entre dos tipos de cámaras:

1.- Aquellas que graban continuamente.

2.- Las que graban únicamente cuando se arranca el coche.

A las imágenes que se obtienen de la primera de ellas, se refieren que son obtenidas mediante un método de “videovigilancia”, cuestión ésta reservada, al parecer, únicamente a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, habiendo sido grabadas en espacios públicos, con el fin único de ser destinadas, si procede en su caso, a procedimientos cursados ante el Defensor del Pueblos, el Ministerio Fiscal (Jueces o Tribunales) y el Tribunal de cuentas.

En este caso, no es preciso el consentimiento de la persona o personas grabadas.

También se reservan para aquellas empresas que hayan anunciado mediante un distintivo o cartel que hay una zona videovigilada.

En el segundo caso, la cámara instalada en nuestro coche, sólo se ponen en funcionamiento cuando encendemos el vehículo.

Estas imágenes sólo serán legales si no las reproducimos ante terceros o las subimos a Internet, sino que debemos utilizarlas para ser presentadas como medio probatorio siempre que justifiquemos su uso y proporcionalidad.

Salvo el desconocimiento de la pauta o aquellos que quieran equivocadamente denunciar públicamente algún hecho de tráfico subiendo las imágenes a Internet; se puede decir, que instalar en nuestro coche una cámara que grabe mientras éste permanece en funcionamiento, es una acción legal que nos ayudará a salir de aquellos casos más comprometidos o flagrantes.

Tampoco hay que olvidarse de los fraudes que tienen lugar en los seguros de salud, donde las empresas de detectives, van siendo parte importante como proveedores frecuentes de las empresas de seguros, que tienen que lidiar a veces con casos de todo tipo.

LaGuiadelSeguro

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