Figuras del contrato de seguro: ¿quiénes intervienen en el contrato?

En el contrato de seguro pueden intervenir las siguientes figuras:

El asegurador: la compañía de seguros que asume el riesgo al que se refiere el contrato.

Este riesgo puede ser material, cuando se aseguran entre otros, vehículos o viviendas.

Y personal, por ejemplo, cuando tratamos con seguros de vida o de accidentes personales.

El tomador: es la persona física o jurídica (empresa) que contrata la póliza. Delega la responsabilidad patrimonial o personal del riesgo al que se refiere el contrato, en la compañía de seguros.

Como veremos en la Ley de Contrato de Seguro, el tomador, es el obligado a firmar la póliza y todos los apéndices que se originen a consecuencia de modificaciones posteriores.

Figuras del contrato de seguro

Asume las obligaciones que se derivan del contrato, como por ejemplo, el pago de la prima o su derecho de rescisión en los términos previstos por la ley.

El asegurado: es la persona física o jurídica (empresa) expuesta al riesgo objeto del seguro, bien en su propia figura o en sus bienes.

No siempre esta figura coincide con el tomador, pues, entre otros, en los seguros de vehículos, el tomador de la póliza puede ser una persona distinta al propietario del vehículo; es decir, al asegurado.

Recaen sobre él obligaciones tan importantes como la de comunicar al asegurador circunstancias que agraven el riesgo, o su obligación de comunicar el acaecimiento de un siniestro.

El beneficiario: la persona física o jurídica (empresa) que tiene el derecho a recibir una indemnización, o una prestación ( en forma de capital, renta, etc) por parte del asegurador, tras haberse producido el riesgo al que ha estado expuesto.

Esta figura es muy común en los seguros de vida, cuando el tomador del seguro, deja como beneficiario en caso de muerte, a otra persona.

El conductor: es la persona declarada en el contrato de seguro de vehículos a motor para la conducción del vehículo asegurado.

No obstante, como veremos más adelante, la tendencia actual de las compañías permite la conducción ocasional de cualquier persona mayor de 25 años siempre que haya sido autorizada por el tomador de la póliza. Asimismo, aparece el concepto de conductor innominado en los casos de flotas de vehículos (camiones, autobuses…).

Otras figuras: otras figuras importantes que intervienen en el contrato de seguro son los profesionales que trabajan para las compañías aseguradoras, que si bien no intervienen inicialmente en la formalización del contrato, sí lo hacen durante el período de vigencia de la póliza.

Desde peritos a reparadores, abogados, médicos o gestores cuya función es indispensable para el correcto funcionamiento del sistema.

LaGuiadelSeguro

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